Por Mariela Sagel, en La Estrella de Panamá, 18 de marzo de 2022.
“Turquía, como un Estado soberano y donde están ubicados los estrechos, es responsable de la aplicación de la Convención de Montreux, así como de su vigencia, garantizando el propósito principal que lo inspiró, el de garantizar la paz del mundo […]”
Recién empezó la intervención militar de Rusia contra Ucrania, el director del Centro de Estudios Marítimos (DEHUKAM) de la Universidad de Ankara fue invitado por el Director del Centro de Estudios Latinoamericanos, Prof. Mehmet Necati Kutlu, para que nos ofreciera un panorama de lo que representa la Convención de Montreux, bajo el cual se rigen los estrechos de los Dardanelos y el Bósforo, que son la única ruta que conecta el Mar Negro con el Mar Egeo y el Mar Mediterráneo.
Bajo la premisa de que los mares establecen su propia ley, el Prof. Hakan Karan, director de DEHUKAN explicó el marco legal de los estrechos turcos.
Empezó con una cita de Napoleón III que dijo que “prefería dejar bajo la soberanía de Rusia a la mitad del mundo, que estos pequeños estrechos”, adelantándose a la importancia geoestratégica que tienen y que hoy día son fundamentales para controlar el conflicto entre Rusia y Ucrania.
Estos estrechos, a los que se suma el Mar de Mármara, que se forma entre ambos y que son vitales para la comunicación marítima, no tienen una definición geográfica en la Convención de Montreux, sino legal. El término “estrechos turcos” es una referencia literaria que fue dándole la diplomacia ya que los estrechos, al estar en aguas bajo el control de Turquía, están bajo su jurisdicción.
La regulación y el paso por ellos es abierta, pero deben asegurar la paz y la seguridad, según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS). Como preámbulo, se establece que la salvaguarda, dentro del marco de la seguridad de Turquía, se extiende al Mar Negro y los países que tienen costas en él (Rumanía, Bulgaria, Georgia, Moldavia, Rusia, Ucrania y Turquía). De hecho, la Convención de Montreux es un “acuerdo internacional de seguridad y paz pública global”. Los estrechos turcos abonan a la seguridad y el balance entre el este y el oeste.
A pesar de que la Convención comprende las reglas de navegación, lo hace con la finalidad de garantizar la seguridad y la paz. Los tres componentes marítimos (Dardanelos, Mar de Mármara y Bósforo) han sido considerados, históricamente como uno solo, dentro de la Convención de Montreux.
Tanto Turquía, como anteriormente el Imperio Otomano han considerado los estrechos como parte intrínseca de su soberanía, por siete siglos y desarrollado políticas de estado. Su contexto legal se adoptó en 1936 por parte de Bulgaria, Francia, Inglaterra, Grecia, Italia, Japón, Rumanía, la entonces Unión Soviética y Yugoslavia, después de que Inglaterra devolviera a Turquía el control de los estrechos, que había perdido en 1918 a raíz de la I Guerra Mundial.
Turquía, como un Estado soberano y donde están ubicados los estrechos, es responsable de la aplicación de la Convención de Montreux, así como de su vigencia, garantizando el propósito principal que lo inspiró, el de garantizar la paz del mundo, así como está autorizado a interpretar las reglas que lo rigen, algo que el documento suscrito no puede responder.
Bajo la Convención de Montreux, el régimen “sui generis” que rige el paso por los estrechos establece algunas categorías, como el tipo de buques y las condiciones de paz tanto en Turquía como en el resto de los países, lo que no contempla UNCLOS.
En tiempos de paz, los barcos mercates tienen completa libertad para transitar por los estrechos turcos, de día y de noche, independientemente de la carga que lleven o la bandera que los ampare, a menos que reporten alguna anomalía a un puerto turco. Están exentos de cualquier procedimiento, excepto las inspecciones sanitarias que las leyes turcas apliquen en cumplimiento de las leyes internacionales.
En tiempos de guerra, si Turquía se mantiene neutral, el régimen que se aplica es el mismo, pero si Turquía está involucrada en un conflicto bélico, los barcos mercantes de países neutrales pueden pasar por los estrechos con la condición de que no presten ayuda a los enemigos y naveguen durante el día, en la ruta que establece la autoridad turca. En contraste, el paso de buques mercantes que sean de los países involucrados en una guerra, están sujetos a que Turquía los autorice a usar los estrechos.
En caso de que Turquía enfrente una amenaza inminente de guerra, la libertad de tránsito de buques mercantes será garantizada con restricciones de navegación en el día y la ruta que establezcan las autoridades turcas y deben acogerse a ser conducidos por un piloto local.
Los barcos de guerra, por el contrario, están sujetos a someter a las autoridades turcas una notificación con 8 a 15 días de antelación para pasar por los estrechos a través de canales diplomáticos y no podrán portar ninguna aeronave.
Los estados con costas al Mar Negro pueden enviar buques de gran tonelaje mientras que éstos vayan acompañados por no más de dos destructores. Pueden navegar sus submarinos en la superficie de los estrechos.
Es importante entender que, en las actuales circunstancias, solamente pueden pasar barcos de los países involucrados en un conflicto si van de vuelta a sus bases, con la condición de que no harán ninguna captura, visita o búsqueda, o perpetúen algún acto hostil a los estrechos turcos.